Gracias a una reforma constitucional recién aprobada en el Congreso de la Unión y en congresos estatales, los beneficiarios de uno de los programas sociales de la Secretaría de Bienestar que más éxito ha tenido en el transcurso de los últimos años tendrán un beneficio extra en 2025.
De acuerdo a lo dado a conocer en la conferencia matutina de Palacio Nacional de Claudia Sheinbaum Pardo el pasado lunes 2 de diciembre de este 2024, ahora los beneficiarios de los programas sociales de la Secretaría de Bienestar tendrán garantizadas estas ayudas, y, además, podrán tener nuevos beneficios. Continuar leyendo
Tal es el caso del programa social denominado Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, el cual este 2024 da 3 mil 100 pesos, cantidad que se paga de forma directa en la tarjeta del Banco del Bienestar.
Es así que, tras la reforma al artículo 4 de la Constitución mexicana, los beneficiarios del programa social Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, además de recibir la ayuda económica bimestral, también recibirán rehabilitación y habilitación, dándosele prioridad a las personas menores de 18 años.
Bienestar: estas personas de 29 años a 48 años tendrán BENEFICIO EXTRA en 2025/Foto: Bienestar
Los requisitos para registrarse en la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, de acuerdo a la página web oficial de los Programas para el Bienestar, son los siguientes:
*Tener entre cero y 29 años de edad y padecer una discapacidad. En caso de habitar municipios o localidades indígenas o afromexicanas, así como municipios y localidades con alto o muy alto grado de marginación el apoyo podrá extenderse hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad.
*Acta de nacimiento en original y copia.
*Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de INAPAM o algún otro documento que la acredite).
*Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.
*Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad).
*Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal. El cual deberá contener los requisitos mínimos de certificado médico por la institución.
*En caso de que el solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona adulta auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
Cabe tener en cuenta que, hasta este 2024, la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad solamente es universal en 24 entidades mexicanas, donde el gobierno federal pone el 50% de los recursos y el gobierno estatal, el otro 50% para las pensiones de las personas de 30 a 64 años de edad, mientras que la administración federal financia en su totalidad las pensiones para las personas de los 0 a los 29 años.
Los estados donde este programa social es universal son los siguientes:
*Baja California
*Baja California Sur
*Campeche
*Chiapas
*Colima
*Ciudad de México
*Estado de México
*Guerrero
*Hidalgo
*Michoacán
*Morelos
*Nayarit
*Oaxaca
*Puebla
*Quintana Roo
*San Luis Potosí
*Sinaloa
*Sonora
*Tabasco
*Tamaulipas
*Tlaxcala
*Veracruz
*Yucatán
*Zacatecas.


