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La vida nocturna en Puebla reduce horario a partir de hoy
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La vida nocturna en Puebla reduce horario a partir de hoy

Jul 19, 2024

Este fin de semana, justo cuando se abarrotan los bares y antros, será sometida a prueba la nueva disposición oficial estatal para que esos establecimientos dejen de vender bebidas alcohólicas a las 2:00 am y el cierre del negocio será a las 2:30 am.

Luego de que el pasado miércoles 17 de julio fue publicado el decreto en el Periódico Oficial del Estado, derivado de las reformas del Congreso del Estado a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla. “Bajo ningún supuesto, los establecimientos podrán operar, permanecer abiertos o permitir la permanencia o el ingreso de personas o comensales después de las 02:30 horas.

Con independencia de lo anterior, queda estrictamente prohibida la venta, enajenación, o suministro de bebidas alcohólicas en cualquiera de los establecimientos que regula esta Ley, después de las 02:00 horas”, así se establece en la ley. La sanción por no respetar el horario será “A la persona que venda, distribuya, suministre bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso correspondiente, fuera de los horarios establecidos en la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, se le impondrá de seis meses a seis años de prisión y multa de cien a mil Unidades de Medida y Actualización”.

La nueva legislación también establece que “La seguridad de estos establecimientos estará a cargo de elementos contratados por prestadores de servicios de seguridad privada con autorización vigente dentro del Estado de Puebla, en términos de la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla y su Reglamento”. Y por si fuera poco ahora los negocios de este giro deberán contar con circuito cerrado de televisión, con cámaras instaladas en el interior y exterior del establecimiento evitando al máximo la existencia de puntos ciegos; el respaldo de la grabación de dicho sistema, tendrá una vigencia mínima de 30 días naturales.

Estas reglas no sólo aplican para bares, antros y centros nocturnos, además se deben sujetar a las nuevas reglas los siguientes negocios: salones de fiesta, centros de convenciones que se utilizan para eventos sociales, estadios, arenas de box y lucha libre, plazas de toros, lienzos charros, palenques, teatros, carpas, cines, cinematógrafos y en los lugares donde se desarrollan exposiciones, espectáculos deportivos, artísticos, culturales y ferias estatales, regionales o municipales.

Los Ayuntamientos del Estado contarán con un plazo de 90 días naturales, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para adecuar sus reglamentos municipales a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla.