De acuerdo a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), ya entrenó en vigor una reforma a Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos que busca inhibir prácticas de explotación laboral.
Previamente esta ley definía como explotación laboral tres situaciones: trabajos en condiciones insalubres y sin protección; cargas laborales desproporcionadas a la compensación y sueldos inferiores al salario mínimo.
Sin embargo, con esta reforma, ahora también se define como explotación laboral trabajar más de 8 horas diarias sin pago de horas extra, considerándose fuera de la ley cuando una persona trabaja más de tres horas extra al día y más de nueve semanales, aunque sean pagadas.


